La Democracia 27 de Mayo 1900.-Con fecha 29 de septiembre del año 1898 el Ayuntamiento de la ciudad expidió una convocatoria invitando a las compañías o contratistas que quisieran hacer por su cuenta la instalación del alumbrado eléctrico, para que remitieran por escrito sus proposiciones. Con aplauso unánime se recibió tal noticia por los moradores de Tepic, porque el Ayuntamiento se hacía fiel intérprete de los deseos del pueblo que representa, al querer realizar una mejora de la importancia y significación de aquella.
La imaginación tropical, aguijoneada por el buen deseo, nos representó el camino por andar tan limpio y llano, que luego consideramos como un hecho lo que apenas podía llamarse un proyecto de proyecto. Horribles nos parecieron los farolillos de la Plaza de Armas, mezquino y pasado de moda el alumbrado de toda la ciudad; pusimos un foco aquí, dos más allá, iluminamos a giorno los sitios y edificios públicos, y nos distribuimos a domicilio unos cuantos focos de luz incandescente, todo de la mejor manera posible y en la más completa armonía; en fin, hicimos lo que la ironía francesa llama chateaux en Espagne o lo que es lo mismo castillos en el aire.
Pasó un año, pasaron dos, y está pasando el tercero y la luz no viene y la esperanza se nos va. Ya es tiempo de preguntarnos qué habrá pasado a esos señores contratistas que creímos acudirían en tropel a hacer proposiciones a cual mejor, y que nos han pegado un chasco de padre y señor mío. Veamos en qué estado se encuentran este negocio.
Recientemente publicada la convocatoria en cuestión, recibió el Ayuntamiento varias cartas de diferentes casas del país y del extranjero, pidiendo datos sobre la proyectada instalación y anunciando desde luego que eran poseedoras de inmejorables aparatos en el ramo de alumbrado, y cosas por el estilo encaminadas al reclamo. Se les contestó que el Ayuntamiento no pensaba constituirse empresario, sino simple tributario del contratista o de la compañía, pagando mensualmente el importe de cien focos de luz incandescente de diez y seis bujins, para repartirse entre los edificios públicos, y ochenta y cinco de luz de arco para colocarse en las calles, y que el serivicio particular quedaba a beneficio de los instaladores. No hubo quien respondiera.
Después se presentó personalmente un tal Mr. Erb, con ínfulas de millonario, con muchas halagadoras promesas, con más verba que un prestidigitador y sin pizca de formalidad; pero le creímos, porque la cosa no era para menos. Por $15,600 anuales se comprometía a instalar la luz, conforme a las bases consabidas. Aprobado, dijo el H. Cuerpo, y Mr. Erb, después de haber hecho algunos turbios negocios de banca, partió a traer su maquinaria y esta es la hora que no vuelve de su viaje.
Posteriormente se presentó otro yanqui. Pidió datos minuciosas sobre el asunto, tomó medidas, levantó planos, dibujó el edificio de instalación y también se marchó a traer la maquinaria que, por lo visto, ha de ser algo a manera del vellocino de oro que custodiaba el dragón mitológico.
Por último, en agosto del 99 los señores A. García Lascuráin y Felipe Rocha, de México, presentaron un escrito al H. Ayuntamiento proponiendo las bases para la instalación del alumbrado, propuesta que parece ser hasta ahora lo único serio que hay sobre este asunto. Se comprometen los referidos señores a instalar 90 focos de arco y 150 incandescentes para el alumbrado público, en condiciones más o menos aceptables, si el Ayuntamiento les paga mensualmente la cantidad de $2,300 o sea $27,600 al año.
Desde luego surge esta cuestión: ¿puede el Ayuntamiento, sin menoscabo de los demás serviicios, disponer de esa cantidad para el alumbrado? El presupuesto responde: el ramo de que se trata tiene asignada la cantidad de $7,042.50, y necesitariase en consecuencia cuadruplicarla en el caso supuesto, lo cual quiere decri que es muy difícil, si no imposible aceptar el contrato en tales condiciones. Ahora bien, ¿puede el Ayuntamiento obtener el alumbrado que desea a un precio menor y compatible con su presupuesto? Creemos que sí, por las consideraciones que se verán enseguida.
Supongamos que el Ayuntamiento acepta las proposiciones de los señores Rocha y Lascuráin y que les paga anualmente la cantidad que piden. Veamos ahora cuánto puede costar a los proponentes la producción de luz que prometen para el alumbrado público, y la que puede distribuirse entre particulares, que calculamos fundadamente no bajaría de 800 lámparas incandescentes.
Partiendo de los datos anteriores, calcularemos la capacidad que necesita tener la maquinaria.
Los señores empresarios, al hacer su instalación, tendrían sin duda en cuenta que si por de pronto no pueden colocarse más que 800 lámparas entre particulares, cuando se conocieran las ventajas y economías de la luz eléctrica, la demanda sería mucho mayor. Esto ha pasado dondequiera que se ha hecho una instalación de este género. De manera que supondremos que la maquinaria susodicha es capaz de producir luz suficiente para un consumo doble del que dejamos apuntado.
Vamos a suponer el caso m´sa desfavorable para la instalación eléctrica; el caso en que la potencia motriz empleada fuera la producida por vapor, que según parece en en la que se han fijado los señores Rocha y Lascurain. La estación generatriz entonces quedaría dentro de la ciudad, y una potencia de 200 caballos baratría para desarrollar la energía eléctrica necesaria para el total servicio de lámpara calculadas, esto es, 90 de arco y 1,800 incandescentes.
Pos los datos que sobre este asunto hemos tomado, y por presupuestos de algunas instalaciones semejantes tenemos a la vista, calculamos que el capital que se emplearía en instalar tal maquinaria, montaría a unos $50,000 aproximadamente.
Es este supuesto veamos ahora el costo anual de la producción de la luz.
Como al principio no funcionarán más que el alumbrado público y las 800 lámparas incandescentes que supusimos tomarían los particulares, la potencia de 150 caballos será más que suficiente para atender este servicio; así es que nos basaremos en este cálculo para hacer el del combustible, el cual no puede ser aquí otro que la leña. Suponiendo que esta se adquiera en las peores condiciones de costo, la producción de un caballo costaría dos centavos de combustible por hora. Dando al alumbrado una duración de 9 horas diarias por término medio.
Se ve, pues, que el Ayuntamiento podría obtener el alumbrado eléctrico, en las condiciones descrutas por un precio mucho menor que el de $27,600 al año; puesto que habiéndose colocado en el peor extremo al hacer nuestros cálculos, resulta una ganancia capaz de amortizar el capital empleado en el término de dos años.
También se deja ver por lo que antecede, que la instalación del alumbrado eléctrico es uno de los grandes negocios que pueden emprenderse actualmente en esta ciudad.
Si reunimos los datos que necesitamos, publicaremos un segundo artículo sobre alguna caída de agua que pueda aprovecharse como fuerza motriz, y haremos ver las ventajas que en este caso resulten al afortunado empresario que se decida a pronunciar el fiat lux anhelado por la ciudad de Tepic.